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El plazo que tienen los administradores para que la Junta se celebre será el de dos meses contados desde el requerimiento notarial que se les haga.

El Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 1 de julio), al año escaso de su entrada en vigor y habiendo transcurrido menos de ocho meses desde su primera reforma, ha sufrido una profunda modificación por Ley 1/2011, de 1 de agosto. Entre otros muchos aspectos del mismo que se han visto modificados y que han sido objeto de nuestra atención circulares anteriores o que lo serán en lo sucesivo, hemos querido destacar, en esta ocasión, la reforma del Art. 168.2 de dicha norma, sobre la obligación de solicitud de convocatoria de al Junta General por la minoría de accionistas.

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Martes, 11 Octubre 2011 08:58

Novedades en la Convocatoria de Juntas

junta_general_wwwSe mantiene el régimen general de publicación de la convocatoria mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (“BORME”) y en la página Web de la Sociedad. Con carácter voluntario y adicional, o con carácter obligatorio si la sociedad carece de página Web, la convocatoria se publicará en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia del domicilio social.

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Martes, 27 Septiembre 2011 21:41

Reforma de la Ley de Sociedades de Capital

Sociedades_CapitalLa reforma, que entrará en vigor el próximo 2 de octubre de 2011, incorpora una regulación completa de la junta general de las sociedades cotizadas e introduce modificaciones importantes en el régimen general de las sociedades anónimas y limitadas. Entre ellas, destaca el nuevo derecho individual de separación de socios de sociedades anónimas no cotizadas y de sociedades limitadas por no reparto de dividendos.

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