El plazo que tienen los administradores para que la Junta se celebre será el de dos meses contados desde el requerimiento notarial que se les haga.
El Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 1 de julio), al año escaso de su entrada en vigor y habiendo transcurrido menos de ocho meses desde su primera reforma, ha sufrido una profunda modificación por Ley 1/2011, de 1 de agosto. Entre otros muchos aspectos del mismo que se han visto modificados y que han sido objeto de nuestra atención circulares anteriores o que lo serán en lo sucesivo, hemos querido destacar, en esta ocasión, la reforma del Art. 168.2 de dicha norma, sobre la obligación de solicitud de convocatoria de al Junta General por la minorÃa de accionistas.
Están exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio las participaciones o acciones en sociedades siempre que se cumplan una serie de requisitos indicados en la normativa: porcentaje mÃnimo en el capital, funciones directivas que constituyen la principal fuente de ingresos y que la sociedad desarrolle una actividad económica.
Ahora que se acerca el final del ejercicio y con la vuelta del Impuesto sobre el Patrimonio para 2011 y 2012, queremos recordarle que requisitos deben cumplir las participaciones o acciones que tiene en el capital de su empresa para dejarlas exentas y que no tributen.