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thumb_justicia1Se establece un nuevo supuesto de inversión del sujeto pasivo en el IVA para los supuestos de entregas de inmuebles en procedimientos concursales, y también se reforman distintos preceptos de la Ley General Tributaria para coordinar la actuación de la Administración tributaria en caso de concurso.

Como ya sabrá, el día 11 de octubre se publicó en el BOE la Ley 38/2011 de reforma de la Ley 22/2003 Concursal , y que entrará en vigor, con carácter general,  el día 1 de enero de 2012.

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Contabilidad2Si no hemos planificado nuestra fiscalidad durante 2011, seguramente, hasta final de año tendremos ocasión de rebajar las cuotas que se declararán en 2012 del Impuesto sobre Sociedades y del IRPF , consiguiendo pagar menos o, incluso, obtener una devolución recuperando las retenciones que nos han practicado. A modo de resumen, de cara al cierre fiscal y contable del ejercicio 2011, le ofrecemos una serie de recomendaciones en el Impuesto sobre Sociedades y en el IRPF.

Se acerca el final del año y sin duda tenemos que hacer revisión de nuestra fiscalidad y contabilidad al objeto de poder optimizar en la medida de lo posible nuestra factura con Hacienda. Cada día que pasa tenemos un día menos para reaccionar.

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Martes, 06 Julio 2010 08:27

Extinguiendo una comunidad

Dos socios de una comunidad de bienes, titular de una gasolinera, deciden la extinción de la comunidad, quedando uno como titular del cien por cien, a cambio de pagarle al saliente el valor del cincuenta por ciento, conforme al valor acordado. ¿Cuál será el tratamiento fiscal y contable de la cantidad pagada por el socio que queda al saliente? Dado que una parte el valor acordado es el fondo de comercio del negocio, ¿podría ser amortizable y deducible fiscalmente?

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