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Notificaciones_electronicasNotificaciones Electrónicas

El Servicio de Notificaciones Electrónicas permite a cualquier persona física o jurídica recibir por vía telemática las notificaciones administrativas.

Mediante la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) cualquier persona física o jurídica dispondrá de una dirección electrónica para la recepción de las notificaciones administrativas que por vía telemática pueda practicar las distintas Administraciones Públicas.

Como receptor de notificaciones, este servicio tiene carácter gratuito.

Asociado a la Dirección Electrónica Habilitada, su titular dispondrá de un buzón electrónico en el que recibirá las notificaciones electrónicas correspondientes a aquellos procedimientos a los que voluntariamente decida suscribirse o que por normativa legal se encuentren obligados a recibir a través de esta vía.

En el caso de que la práctica de la notificación sea obligatoria se podrá asignar de oficio una dirección electrónica habilitada.

Este servicio cumple con las máximas garantías de confidencialidad, autenticidad y privacidad con el fin de asegurar la identidad de los participantes y de las comunicaciones.

Desde el 1 de enero de 2011, existe obligatoriedad para una determinada serie de empresas recibir las notificaciones de la AEAT por vía telemática (Notificaciones Electrónicas Obligatorias).

1 ¿Que son las notificaciones electrónicas?
2 Régimen obligatorio para las empresas
3 Acceso al Servicio
4 Apoderamiento
5 Como obtener un Certificado Digital en la FNMT

Acceso Clientes



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