Nuevo escenario en el 2013 para las ganancias a corto plazo en el IRPF. Es hora de tomar decisiones

El Gobierno ha anunciado que va a subir el IRPF de las ganancias o plusvalías financieras e inmobiliarias generadas en un año, que tributarán al tipo marginal que el contribuyente tenga en el IRPF y que oscila entre el 24,75% y el 52%, a lo que se suma el recargo autonómico aprobado por cada CCAA, lo que en el caso de Cataluña por ejemplo puede subir hasta al 56%.

Convocatoria de la Junta General de la Sociedad Anónima por los socios que representen, al menos, el 5% del capital social

El plazo que tienen los administradores para que la Junta se celebre será el de dos meses contados desde el requerimiento notarial que se les haga.

El Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (Real Decreto Legislativo 1/2010, de 1 de julio), al año escaso de su entrada en vigor y habiendo transcurrido menos de ocho meses desde su primera reforma, ha sufrido una profunda modificación por Ley 1/2011, de 1 de agosto. Entre otros muchos aspectos del mismo que se han visto modificados y que han sido objeto de nuestra atención circulares anteriores o que lo serán en lo sucesivo, hemos querido destacar, en esta ocasión, la reforma del Art. 168.2 de dicha norma, sobre la obligación de solicitud de convocatoria de al Junta General por la minoría de accionistas.

Billetes-2

Participaciones de empresas exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio

Están exentas en el Impuesto sobre el Patrimonio las participaciones o acciones en sociedades siempre que se cumplan una serie de requisitos indicados en la normativa: porcentaje mínimo en el capital, funciones directivas que constituyen la principal fuente de ingresos y que la sociedad desarrolle una actividad económica.

Ahora que se acerca el final del ejercicio y con la vuelta del Impuesto sobre el Patrimonio para 2011 y 2012, queremos recordarle que requisitos deben cumplir las participaciones o acciones que tiene en el capital de su empresa para dejarlas exentas y que no tributen.

Reducción por donación

En una sociedad todos los socios pertenecen a un grupo familiar. Un hijo tiene un 5 por ciento y su principal ingreso por rendimientos del trabajo procede de esta sociedad. Los padres detentan un 80 por ciento de las participaciones. La madre se jubila próximamente y dejará de cobrar de la sociedad. ¿Cómo se tienen que donar las participaciones para gozar de la reducción del 95 por ciento en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?