Legalización telemática obligatoria de los libros contables en el registro mercantil
...
Read More...
Read MoreLa Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido un informe en el que se analizan diversas cuestiones en relación con la nueva deducción por inversión de beneficios, cuyos criterios debemos conocer de cara a la postura que tomará Hacienda. Así por ejemplo, Hacienda considera que la entidad debe tener la consideración de empresa de reducida dimensión en el ejercicio en el que se obtengan los beneficios que después se invierten, con independencia de la consideración de la entidad como de reducida dimensión en el momento en el que se realiza la inversión.
La nueva Ley de Emprendedores ha introducido como novedad importante aplicable a partir del ejercicio 2013 la posibilidad de poder aplicar íntegramente la deducción de I+D+i sin limitación (pudiendo absorber plenamente la cuota a pagar) pero con un descuento del 20% de su importe. En caso de insuficiencia de cuota se podrá solicitar su abono a la Administración Tributaria, a través de la declaración del Impuesto de Sociedades.