A partir de 2015 las reglas sobre operaciones vinculadas sólo afectarán a los socios con una participación igual o superior al 25%

La Ley 27/2014, de 27 de noviembre , del Impuesto sobre Sociedades, establece con efectos desde el 01-01-2015 una serie de novedades en torno a las operaciones vinculadas, destacando la consideración de vinculación cuando dos entidades en las cuales los mismos socios, partícipes o sus cónyuges, o personas unidas por relaciones de parentesco, en línea directa o colateral, por consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado, participen, directa o indirectamente en, al menos, el 25 % del capital social o los fondos propios (anteriormente era del 5%).