La Reforma Fiscal (I): I.R.P.F.

Como ya les informamos en su día, en el BOE del día 28 de noviembre de 2014, se publicaron los textos legales de la reforma fiscal, de cuya tramitación les hemos venido informando en los últimos meses, del IRPF y el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, del Impuesto sobre Sociedades y del IVA, del Régimen Económico Fiscal de Canarias y de la Ley por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental. Queda en trámite aún de aprobación y publicación el Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley General Tributaria, pendiente de información pública y de observaciones, que está previsto que se apruebe para mediados del año próximo. En concreto, en el BOE, se han publicado los siguientes textos de Ley de la reforma tributaria:

Comunicación del arrendatario al arrendador de los datos necesarios para la aplicación de la reducción del 100% por arrendamiento de vivienda en el IRPF

Las cantidades que perciben los propietarios de la vivienda por el alquiler tributan en el IRPF como rendimientos de capital inmobiliario. No obstante, a las cantidades percibidas se les descuentan los gastos que se pueden deducir por el arrendamiento y a la cantidad resultante, se le aplican una serie de reducciones, que pueden llegar al 100%.

El nuevo “cheque transporte” exento del IRPF

No tendrán la consideración de rendimientos del trabajo en especie las cuantías satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo por los desplazamientos que hagan los empleados entre su lugar de residencia y el centro de trabajo en transporte público, con un límite de 1.500 euros anuales para cada trabajador.