Las aceiteras en la hostelería deberán ser irrellenables y estar etiquetadas desde el 1 de enero de 2014

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 895/2013, de 15 de noviembre , por el que se modifica el Real Decreto 1431/2003 por el que se establecen determinadas medidas de comercialización en el sector de los aceites de oliva y del aceite de orujo de oliva. La nueva norma entrará en vigor el 1 de enero de 2014, pero se podrán seguir utilizando las existencias disponibles hasta el 28 de febrero del próximo año.


Envases etiquetados y no reutilizables

 


Este Real Decreto establece que en los establecimientos del sector de la hostelería y la restauración y en los servicios de catering, los aceites se pondrán a disposición del consumidor final en envases etiquetados y provistos de un sistema de apertura que pierda su integridad tras su primera utilización.
Los envases que por su capacidad se puedan poner a disposición de los consumidores finales más de una vez, dispondrán además de un sistema de protección que impida su reutilización una vez agotado su contenido original.
Aplicabilidad del régimen jurídico vigente sobre envases y residuos de envase

La nueva norma no afectará a la plena aplicación del régimen jurídico vigente sobre envases y residuos de envases, establecido por la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases, y el Real Decreto 782/1998 , de 30 de abril , por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril , de Envases y Residuos de Envases.
¿Cuándo entrará en vigor la nueva norma? ¿Cómo afecta a la utilización de existencias de productos adquiridos antes de la entrada en vigor de este Real Decreto?

La nueva norma entrará en vigor el 1 de enero de 2014, y contempla también la posibilidad de utilización de las existencias de productos adquiridos antes del 01-01-2014. De esta forma, los aceites de oliva y los de orujo de oliva adquiridos por el sector de la hostelería, restauración y catering antes de esa fecha podrán seguir poniéndose a disposición del consumidor final hasta el 28 de febrero del próximo año.
Esta medida se enmarca en el contenido del «Plan de acción sobre el sector del aceite de oliva de la Unión Europea», que establece una serie de medidas encaminadas a mejorar la competitividad del sector oleícola, entre las que se encuentra estimular a los Estados miembros a exigir la utilización de envases que no permitan el relleno en el canal HORECA (entendido como el conjunto de establecimientos del sector de la hostelería y la restauración y de los servicios de catering).

 

M. Romero Consultores
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