Credito-Consumo

Novedades y cambios en los contratos de crédito al consumo

En un post anterior adelantábamos la publicación en el BOE de la nueva Ley 16/2011 de Contratos de Crédito al Consumo, ahora veamos con más detalle en qué consiste esta Ley que entró en vigor el pasado día 25 de septiembre, que deroga la anterior de 1995 e incorpora al derecho interno una Directiva comunitaria de 2008 que tiene como finalidad conseguir una armonización total de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los créditos al consumo.

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Modificaciones fiscales en materia de concursos de acreedores

Se establece un nuevo supuesto de inversión del sujeto pasivo en el IVA para los supuestos de entregas de inmuebles en procedimientos concursales, y también se reforman distintos preceptos de la Ley General Tributaria para coordinar la actuación de la Administración tributaria en caso de concurso.

Como ya sabrá, el día 11 de octubre se publicó en el BOE la Ley 38/2011 de reforma de la Ley 22/2003 Concursal , y que entrará en vigor, con carácter general,  el día 1 de enero de 2012.

Agricultura-Compartida

Aspectos fiscales sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias

La titularidad compartida de explotaciones agrarias tendrá la consideración a efectos tributarios de entidad sometida al régimen de atribución de rentas

En el BOE del día 5 de octubre de 2011, se ha publicado la Ley 35/2011, de 4 de octubre de 2011, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que regula la titularidad compartida de las explotaciones agrarias, como una nueva figura jurídica de carácter voluntario, que persigue promover esta modalidad de explotación agraria como un vehículo para alcanzar la verdadera equiparación de las mujeres y los hombres en la explotación agraria, dando cumplimiento efectivo al principio de igualdad y no discriminación proclamado en la Constitución.

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Novedades en la Convocatoria de Juntas

Se mantiene el régimen general de publicación de la convocatoria mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (“BORME”) y en la página Web de la Sociedad. Con carácter voluntario y adicional, o con carácter obligatorio si la sociedad carece de página Web, la convocatoria se publicará en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia del domicilio social.

Herencias

Donar en vida ¿interesa…?

La donación en vida permite al destinatario disfrutar de los bienes donados sin que su titular haya fallecido, pero debemos contar con el asesoramiento fiscal adecuado.

En algunos casos, se puede reducir el coste fiscal donando los bienes en vida en lugar de dejarlos en herencia. Dependiendo de cada Comunidad Autónoma, donar bienes en vida puede ser una buena opción cuando se necesita ayudar a un hijo o descendiente, pero en ocasiones es más caro el Impuesto de donaciones que el de sucesiones.

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Pendiente de aprobarse importantes modificaciones en materia de obligaciones formales y notificaciones electrónicas

Las novedades previstas en las obligaciones tributarias formales inciden especialmente en las declaraciones informativas de operaciones con terceras personas y de libros registros de IVA. Asimismo se introduce una mejora en el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias en el ámbito de la Agencia Tributaria.

Discapacidad

Adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad

Entre otras medidas, se aumenta, en las ofertas de empleo público, el cupo de reserva de las vacantes para ser cubiertas por personas con discapacidad al 7%, y en cuanto a la accesibilidad en las comunidades de vecinos, la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las actuaciones y obras de accesibilidad que sean necesarias.

Sociedades_Capital

Reforma de la Ley de Sociedades de Capital

La reforma, que entrará en vigor el próximo 2 de octubre de 2011, incorpora una regulación completa de la junta general de las sociedades cotizadas e introduce modificaciones importantes en el régimen general de las sociedades anónimas y limitadas. Entre ellas, destaca el nuevo derecho individual de separación de socios de sociedades anónimas no cotizadas y de sociedades limitadas por no reparto de dividendos.