Obligaciones de información al consumidor de forma previa a la celebración del contrato

Desde el pasado 13 de junio de 2014, todas las empresas que contraten directamente con consumidores y usuarios están obligadas a introducir modificaciones en las condiciones legales de todos los contratos que suscriban con aquéllos como consecuencia de la modificación de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, introducida por la Ley 3/2014. Por lo tanto, desde esta fecha, tenga presente que se amplían y refuerzan los elementos sobre los que es necesario informar al consumidor, de forma previa a la celebración del contrato, como son: el precio total incluidos impuestos y tasas, el medio de pago, el plazo y la forma de entrega, la existencia y condiciones de las garantías legales y comerciales, los servicios postventa, el derecho de desistimiento, etc.

Simplificación de los procedimientos de autorización para la instalación y ampliación de establecimientos comerciales.

Siguiendo con el Real Decreto-Ley 8/2014 de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, se modifica la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, para agilizar la implantación de nuevas superficies comerciales en nuestro país, que serán también de aplicación en los casos de traslado o ampliación de superficies.

En concreto, se limitan los supuestos de exigibilidad de licencia, se establece un procedimiento integrado y se reduce a la mitad el plazo para la resolución del mismo.

Rebaja de las comisiones al comercio en los pagos con tarjeta

Se regulan los límites máximos de las tasas de intercambio exigibles en las operaciones de pago que se realicen en terminales de punto de venta situados en España, por medio de tarjeta de débito o de crédito, con independencia del canal de comercialización utilizado, siempre que sea necesario el concurso de proveedores de servicios de pago establecidos en España.

Libertad de horarios comerciales en zonas de gran afluencia turística

Entre las novedades aprobadas en el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, cabe destacar nuevas ciudades donde habrá zonas de gran afluencia turística con libertad de horarios comerciales.

Las empresas podrán operar en todo el país con una licencia única

De acuerdo con la nueva Ley 20/2013 de garantía de la unidad de mercado, la licencia obtenida en un territorio autonómico para el desarrollo de una actividad económica sirve para toda España, sean cuales fueran las características del producto y los condicionantes existentes en cada territorio autonómico.

¿Está su empresa preparada para el SEPA?

El 1 de febrero de 2014 es la fecha límite para que los instrumentos de pago nacionales sean reemplazados por los nuevos instrumentos de la SEPA («Zona Única de Pagos en Euros”). A partir de esa fecha todas las transferencias y domiciliaciones que se realicen en España y en el resto de los países de la zona euro serán únicamente posibles a través del régimen SEPA.  Entre otras implicaciones prácticas, afectará a la actividad comercial porque se deberá transformar o migrar los datos de las cuentas corrientes de los clientes y proveedores al nuevo código IBAN.

Las hojas de reclamación para consumidores y usuarios

¿Qué se puede hacer cuando no se está de acuerdo con el trato o la atención recibida en un establecimiento? ¿Y si el bien adquirido se halla en mal estado? Las hojas de reclamación son los instrumentos de los que disponen los consumidores y los usuarios para defender y proteger sus intereses. Pero ¿Sabemos bien cómo funcionan, para que sirven, cuando se pueden pedir o quien debe disponer de las mismas?.

Las aceiteras en la hostelería deberán ser irrellenables y estar etiquetadas desde el 1 de enero de 2014

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto 895/2013, de 15 de noviembre , por el que se modifica el Real Decreto 1431/2003 por el que se establecen determinadas medidas de comercialización en el sector de los aceites de oliva y del aceite de orujo de oliva. La nueva norma entrará en vigor el 1 de enero de 2014, pero se podrán seguir utilizando las existencias disponibles hasta el 28 de febrero del próximo año.