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Vías alternativas de financiación: “Crowdfunding”/Crowdlending” (micromecenazgo colectivo)

Con la reciente aprobación de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, se regulan nuevas formas de acceso al crédito como la financiación participativa, conocida como crowdfunding. Desde el pasado 29 de abril de 2015 (fecha de entrada en vigor de la norma), se permitirá a cualquier persona (“inversores no acreditados”) participar en este tipo de inversiones con un máximo de 3.000 euros anuales por año para cada proyecto y con un límite anual de inversiones en este tipo de proyectos de 10.000 euros para todos ellos. Ello se efectuará a través de plataformas de inversión que pondrán en contacto a los potenciales inversores y a los demandantes de inversión.

Aspectos dudosos sobre la nueva deducción por inversión en beneficios para emprendedores en el Impuesto sobre Sociedades

La Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido un informe  en el que se analizan diversas cuestiones en relación con la nueva deducción por inversión de beneficios, cuyos criterios debemos conocer de cara a la postura que tomará Hacienda. Así por ejemplo, Hacienda considera que la entidad debe tener la consideración de empresa de reducida dimensión en el ejercicio en el que se obtengan los beneficios que después se invierten, con independencia de la consideración de la entidad como de reducida dimensión en el momento en el que se realiza la inversión.

Sociedad Civil: características y ventajas

Al igual que las Comunidades de Bienes, es una opción recomendable en pequeños negocios que no exijan apenas inversiones y en los que se prefiera optar por una gestión sencilla. La responsabilidad de los socios por deudas frente a terceros es personal e ilimitada y la constitución formal más sencilla y barata que una sociedad mercantil, no siendo necesaria escritura pública ante notario ni inscripción en el Registro Mercantil (salvo en caso de existir aportaciones en forma de inmuebles o derechos reales) ni aportación de un capital inicial mínimo.

Constancia del CNAE en las escrituras de constitución de sociedades

De acuerdo con la Ley de Emprendedores, que entró en vigor el día 29 de septiembre de 2013, los emprendedores deberán identificar su principal actividad por referencia al código de actividad económica que mejor la describa y con el desglose que sea suficiente de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). En los documentos inscribibles y en la primera inscripción de constitución de las correspondientes entidades en los registros públicos competentes, se expresarán los códigos correspondientes a las actividades que corresponden al respectivo objeto social de cada entidad inscribible.

Cambios en los límites de la deducción fiscal por I+D+i para ayudar a las empresas con pocos beneficios o en pérdidas

La nueva Ley de Emprendedores ha introducido como novedad importante aplicable a partir del ejercicio 2013 la posibilidad de poder aplicar íntegramente la deducción de I+D+i sin limitación (pudiendo absorber plenamente la cuota a pagar) pero con un descuento del 20% de su importe. En caso de insuficiencia de cuota se podrá solicitar su abono a la Administración Tributaria, a través de la declaración del Impuesto de Sociedades.

Después de la entrada en vigor de la Ley de Emprendedores ¿Qué formas hay para constituir una Sociedad?

Con la aprobación de la Ley 14/2013 de apoyo al emprendedor desaparecen las llamadas sociedades express, y se sustituyen por dos nuevas formas de constituir las sociedades por medios telemáticos, según se utilicen o no los estatutos tipo. No obstante, sigue siendo posible la constitución de la sociedad en papel, con presentación física o telemática en el registro.

Próxima deducción por inversión en beneficios en el Impuesto sobre Sociedades

Con efectos retroactivos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2013, se podrá aplicar una deducción del 10 %  (empresas con volumen de negocio inferior a 10 millones de euros) o del 5% (empresas con cifra  de negocio inferior a cinco millones de euros y plantilla media inferior a 25 empleados) en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, en relación a los beneficios obtenidos en el ejercicio que se inviertan en elementos nuevos de inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, sin tener en cuenta el gasto originado por el Impuesto sobre Sociedades.

Nueva deducción por inversión en beneficios

La futura Ley de Emprendedores introducirá una nueva deducción en el Impuesto sobre Sociedades para las empresas que facturen menos de 10 millones de euros y tengan beneficios. Tendrán derecho a una deducción en la cuota íntegra del 10% de los beneficios del ejercicio, sin incluir la contabilización del Impuesto sobre Sociedades, que se inviertan en elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, dicha deducción será aplicable con carácter retroactivo en el ejercicio 2013.

Aprobado el plan integral de apoyo al comercio minorista 2013

El Plan está organizado en diez ejes de actuación orientados a los siguientes apartados: la innovación y competitividad del pequeño comercio; el fomento de los centros comerciales abiertos y mercados municipales; el apoyo financiero a las empresas; la promoción comercial y la reactivación de la demanda; el impulso del relevo generacional y los emprendedores; el aprovechamiento de las sinergias entre comercio y turismo; la mejora de la seguridad comercial; la adopción de medidas legislativas de impulso a la actividad comercial y de eliminación de trabas al inicio de la actividad; el apoyo a la internacionalización del comercio español y la mejora de la formación y la creación de empleo en el sector comercial.

Modificaciones en la Ley contra la morosidad en las operaciones comerciales

En el BOE del día 23 de febrero se ha publicado el Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, que contiene una serie de medidas de apoyo al emprendedor, pymes y los autónomos , de índole muy dispar , de las cuales destacamos ahora aquellas dirigidas a reducir la morosidad en las operaciones comerciales.

Tanto en el ámbito de la Unión Europea como en el español, se ve con gran preocupación la morosidad en el pago de deudas contractuales entre empresas y sus largos plazos, pues puede afectar a la propia supervivencia de las empresas.