Preparándonos para los próximos cambios en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con fecha 14 de marzo de 2014, se ha presentado al Consejo de Ministros el Informe de la Comisión de Expertos para la Reforma del Sistema Tributario Español. Centrándonos en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, la novedad principal radica en la propuesta de una tributación mínima en todas las Comunidades Autónomas. Para mantener la progresividad del impuesto, se propone un único mínimo exento  fijado por el Gobierno para todo el territorio de régimen común y cuya cuantía debería situarse en el entorno de unos 20.000 o 25.000 euros.

Nuevas aclaraciones de la Dirección General de Tributos sobre el proceso de regularización de activos ocultos (amnistía fiscal)

Entre otras  aclaraciones que ha efectuado la Dirección General de Tributos en su segundo informe sobre diversas cuestiones relativas al procedimiento extraordinario para declarar activos ocultos antes del 30 de noviembre de este año, se establece la posibilidad de que los herederos presenten la Declaración Tributaria Especial (modelo 750) por el fallecido cuando este falleció con posterioridad a 31 de diciembre de 2010.

Herencias

Donar en vida ¿interesa…?

La donación en vida permite al destinatario disfrutar de los bienes donados sin que su titular haya fallecido, pero debemos contar con el asesoramiento fiscal adecuado.

En algunos casos, se puede reducir el coste fiscal donando los bienes en vida en lugar de dejarlos en herencia. Dependiendo de cada Comunidad Autónoma, donar bienes en vida puede ser una buena opción cuando se necesita ayudar a un hijo o descendiente, pero en ocasiones es más caro el Impuesto de donaciones que el de sucesiones.