Comunicación del arrendatario al arrendador de los datos necesarios para la aplicación de la reducción del 100% por arrendamiento de vivienda en el IRPF

Las cantidades que perciben los propietarios de la vivienda por el alquiler tributan en el IRPF como rendimientos de capital inmobiliario. No obstante, a las cantidades percibidas se les descuentan los gastos que se pueden deducir por el arrendamiento y a la cantidad resultante, se le aplican una serie de reducciones, que pueden llegar al 100%.

Actualización de valores catastrales (“amnistía catastral”)

La Dirección General del Catastro activará un proceso extraordinario de regularización para localizar los inmuebles cuyos propietarios (particulares o empresas) no tributan por ellos o lo hacen de forma incompleta. Es lo que se denomina la “amnistía catastral” un proceso muy similar a la famosa amnistía fiscal y que además de evitar una multa de hasta 6.000 euros permitirá regularizar cientos de miles de inmuebles.

Desde el 1 de enero de 2013 se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual

Con efectos desde el 01-01-2013 se ha suprimido en el IRPF la deducción por adquisición de vivienda habitual, si bien se establece un régimen transitorio que permitirá deducir por este concepto en 2013 y años siguientes siempre que se haya adquirido vivienda en 2012 o años anteriores o se hayan satisfecho cantidades para la construcción, rehabilitación, ampliación o para la realización de obras de adecuación de la vivienda a personas con discapacidad.

En el año 2013 se aplicará el tipo reducido (10%) de IVA en las obras de renovación y reparación de la vivienda

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha publicado en su Web una Nota por la que se aclara que el tipo aplicable, a partir de 1 de enero de 2013, de las obras de renovación y reparación de la vivienda será del 10%.

Como ya sabrá, el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, reformó la normativa del IVA, permitiendo la aplicación del tipo impositivo reducido para todo tipo de obras de renovación y reparación de la vivienda realizadas desde el 14 de abril de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012, además de ampliar, con vigencia indefinida, el concepto de rehabilitación estructural a efectos del impuesto, a través de una definición de obras análogas y conexas a las estructurales, que permite reducir los costes fiscales asociados a la actividad de rehabilitación.

Quiero alquilar una habitación en mi vivienda habitual… ¿Cómo afectará en el IRPF?

En esta época de crisis algunos contribuyentes se han visto obligados a alquilar alguna habitación de su propia vivienda habitual ¿Cómo tributa para el propietario en el IRPF, que efectos tiene en la deducción por adquisición de vivienda habitual aplicable en el IRPF?

Proyectos de Ley de Presupuestos Generales y de Medidas Tributarias para 2013

Entre otras medidas tributarias, en el IRPF se modifica el régimen de tributación aplicable a las ganancias patrimoniales obtenidas a corto plazo, se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual para las adquisiciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2013 (se mantiene la deducción para adquisiciones anteriores a 2013), se prorroga al 01-01-2014 el Impuesto sobre el Patrimonio, y se permitirá en 2013 la actualización monetaria por parte de las empresas del último balance aprobado por ellas.

Proyecto de Ley para dinamizar el mercado de alquiler de viviendas

Entre otras medidas, se podrá aplicar al pago de la renta las mejoras o reformas acordadas y realizadas por el inquilino; el inquilino podrá desistir del contrato de arrendamiento siempre que lo comunique al arrendador con una antelación mínima de un mes, y se incentiva la creación de sociedades dedicadas a la inversión para el alquiler.

Nuevo escenario en el 2013 para las ganancias a corto plazo en el IRPF. Es hora de tomar decisiones

El Gobierno ha anunciado que va a subir el IRPF de las ganancias o plusvalías financieras e inmobiliarias generadas en un año, que tributarán al tipo marginal que el contribuyente tenga en el IRPF y que oscila entre el 24,75% y el 52%, a lo que se suma el recargo autonómico aprobado por cada CCAA, lo que en el caso de Cataluña por ejemplo puede subir hasta al 56%.

Las rentas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos estarán exentas en un 50%

Con el objeto de estimular la venta de los activos inmobiliarios, en relación con el Impuesto sobre Sociedades, IRPF e Impuesto sobre la Renta de no Residentes, se introduce una exención parcial de las rentas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos que se adquieran a partir del 12 de mayo y hasta el 31 de diciembre de 2012 cuando se cumplan determinados requisitos.